La violencia sexual y los márgenes del Derecho

 

Publicado en El País el 2 de noviembre de 2024


Con ocasión de las denuncias realizadas contra Iñigo Errejón, en los últimos días se han realizado una serie de afirmaciones y declaraciones en diferentes ámbitos, periodísticos, políticos e incluso jurídicos, que llevan a confusión y mezclan ideas y conceptos en torno a la violencia sexual y los márgenes del Derecho. En el marco del Derecho encontramos el consentimiento sexual, la protección a la víctima; también la presunción de inocencia. No hay “presuntos” agresores, ni hay, por tanto, “presuntas” víctimas. Solo la inocencia es presunta. En los márgenes del Derecho se mueven a diario nuestros derechos.

En el ámbito de la libertad sexual, que haya o no delito depende del consentimiento. Llevamos años discutiendo sobre el valor de consentir en el ámbito sexual: si hay acuerdo entre quienes participan, es sexo; si no lo hay, es agresión. Defendemos una moral sexual que exige acuerdo, no una moral sexual que nos diga qué prácticas, con quién, cuándo, dónde y para qué.



El sexo consentido es aceptable en cualquiera de sus manifestaciones. Hablar de la libre voluntad a la hora de consentir implica que quienes intervienen en la relación están de acuerdo en cómo esta se desarrolla y, por lo tanto, ningún reproche ético, social ni desde luego jurídico debe realizarse. Solo cuando no existe consentimiento válido o este está viciado, puede intervenir el Derecho. No hubo consentimiento por parte de Gisèle Pelicot, ni de Nevenka Fernández. Tampoco lo hubo en los abusos en el seno de la Iglesia Católica.


No todo comportamiento machista o desconsiderado es violencia sexual. No todo sexo sin amor o que no nos satisfaga es violencia sexual. Ni siquiera todo sexo violento es violencia sexual. Tampoco todas las personas buscamos lo mismo en un encuentro o relación sexual. El sexo se expresa de maneras diversas. No queremos una sexualidad normativa porque nuestro feminismo no es moralizante, porque el sexo moralizante nos victimiza. No podemos volver a una concepción puritana de la sexualidad, poniendo de nuevo el acento en los peligros que el sexo tiene para las mujeres. No podemos permitirnos perder derechos conquistados.


Ponemos el acento en el consentimiento y en el acuerdo porque somos, pensamos y actuamos en tanto que seres autónomos, relacionales, con libertad de decidir sobre nuestra vida, nuestro cuerpo y nuestras relaciones sexuales. Decidimos a pesar de las limitaciones vitales a las que muchas de nosotras estamos sometidas; a pesar de los diferentes sistemas de dominio que nos afectan (el heteropatriarcado, el capacitismo, el racismo, la extranjería, el edadismo, el sistema de clases). A pesar de todo eso, o por encima de ello, las mujeres decidimos, resistimos, acordamos, vivimos, creamos. Precisamente porque somos sujetos de derecho, no somos objetos, ni somos por definición “víctimas” en un sentido psicológico o sociológico, aunque ocasionalmente podamos ser víctimas de delito. En el reconocimiento social y jurídico de nuestra agencia está el germen del cambio de las estructuras que nos oprimen.


Si en lugar de defender estas premisas optamos, como se está haciendo, por declarar a las mujeres siempre víctimas y a los hombres siempre agresores; si entramos a decidir qué prácticas sexuales son “buenas” en sí y cuáles son “machistas”; si entramos a juzgar los gustos, deseos y opciones sexuales de la gente, acabaremos reduciendo a objetos (objetos sexuales, objetos de tutela, objetos de dominio) a todas aquellas personas que disientan de la moral sexual establecida y decidida por unos pocos, cuya legitimidad sería además cuestionable. Si esa moral sexual se va a perfilar a golpe de tuit, desandaremos el camino que nos ha conducido hasta aquí y muchas personas nos quedaremos en los márgenes.


Un hecho puede ser reprochable ética y políticamente y no ser constitutivo de delito. Dicho eso, somos libres de buscar el reproche social, a través de redes sociales u otras vías, o el reproche penal de los actos contra nuestra libertad sexual. Tenemos derecho a tomarnos el tiempo que necesitemos, a desahogarnos, y a buscar apoyo personal o institucional para la denuncia. Podemos desear ser anonimizadas cuando se exponga nuestro relato, que no debe ser cuestionado, y preservar nuestra identidad para no ser revictimizadas, sin por ello ser anónimas.


Se lucha contra la violencia sexual reconociendo y reforzando nuestra capacidad de decidir, de alumbrar prácticas y señalar límites. Afirmamos que hay valor en la denuncia cuando el consenso se rompe, se impone la fuerza y la violencia del otro; y que hay voluntad de seguir avanzando libres y sin violencias, desde los márgenes del Derecho.


Paz Lloria García (Universitat de València), Mª Luisa Maqueda Abreu (Universidad de Granada), Ana Valero Heredia (Universidad de Castilla-La Mancha), Blanca Rodríguez Ruiz (Universidad de Sevilla), Fabiola Meco Tébar (Universitat de València), Ruth Mestre i Mestre (Universitat de València), Maggy Barrere Unzueta (Universidad del País Vasco), Silvina Ribotta (Universidad Carlos III de Madrid), Rosario Serra Cristóbal (Universitat de València), Elena García Testal (Universitat de València), Pilar Hernando Serra (Universitat de València), Mª José Añón Roig (Universitat de València), Cristina García Pascual (Universitat de València), Elena Núñez Castaño (Universidad de Sevilla), Esther Hava García (Universidad de Cádiz), Mª José Rodríguez Mesa (Universidad de Cádiz), Esther Pomares Cintas (Universidad de Jaén), Ana Pérez Cepeda (Universidad de Salamanca), Paz Mercedes de la Cuesta Aguado (Universidad de Cantabria), Bárbara San Millán Fernández (Universidad de Cantabria), María Valvidares Suárez (Universidad de Oviedo), María José Cruz Blanca (Universidad de Jaén), Mariona Llobet-Angli (Universitat de Barcelona), Carmen Azcárraga Monzonís (Universitat de València), Vicenta Tasa Fuster (Universitat de València), Sonia Rodríguez-Llamas (Universitat de València), Ana Carmona Contreras (Universidad de Sevilla), Concha Saiz García (Universitat de València), Adela Serra Rodríguez (Universitat de València), Adela Asúa Batarrita (Universidad del País Vasco), Pilar Otero González (Universidad Carlos III de Madrid), Patricia Laurenzo Copello (Universidad de Málaga), María Dolores Machado Ruíz (Universidad de Almería), Enara Garro Carrera (Universidad del País Vasco), Mercedes Alonso Álamo (Universidad de Valladolid), Patricia Faraldo Cabana (Universidad de A Coruña), María Acale Sánchez (Universidad de Cádiz), Carmen Juanatey Dorado (Universidad de Alicante), Teresa Alemany Jordán (Universitat de València), Clara Viana Ballester (Universitat de València), Rosario Espinosa Calabuig (Universitat de València), Verónica Gisbert Gracia (Universitat de València), Mercedes García Aran (Universidad Autónoma de Barcelona), Patricia Esquinas Valverde (Universidad de Granada), Ane Rodríguez Barrueta (Universidad Carlos III de Madrid), Ana Garrocho Salcedo (Universidad Carlos III de Madrid), Maite Álvarez Vizcaya (Universidad Carlos III de Madrid), Cristina Pauner Chulvi (Universitat Jaume I de Castellón), Cristina Guisasola Lerma (Universitat de València), Ana Pérez Machío (Universidad del País Vasco), María Ángeles Rueda Martín (Universidad de Zaragoza), Marisa Cuerda Arnau (Universitat Jaume I de Castellón), Maite Carretero Sanjuan (Universidad Carlos III de Madrid), María Ángeles Rueda Martín (Universidad de Zaragoza), Estrella del Valle Calzada (Universitat de València), Annaick Fernández Le Gal (Universidad de Córdoba), Luísa Winter Pereira (Universidad de Sevilla), Fátima Cisneros Ávila (Universidad de Málaga), Patricia Orejudo Pietro de los Mozos (Universidad Complutense de Madrid), Silvia Romboli (Universidad ESADE de Barcelona), Noelia Igareda González (Universitat Autònoma de Barcelona), Tàlia González Collantes (Universitat de València), Alba Nogueira López (Universidad Santiago de Compostela), Elena Simó Soler (Universitat de València), Lucía Martínez Garay (Universitat de València), Andrea Planchadell Gargallo (Universitat Jaume I de Castellón), Mayte Salvador Crespo (Centro de Estudios Políticos y Constitucionales), Eva Sáenz Royo (Universidad de Zaragoza) e Isabel Giménez Sánchez (Universidad Autónoma de Madrid).

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